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PROCEDIMIENTO ABIERTO/RESTRINGIDO ¿CUAL ES LA DIFERENCIA?

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Cuando sale una Licitación y ésta es publicada, la empresa debe conocer que existen varios tipos de procedimientos o condiciones que la empresa debe de conocer para poder presentar la oferta correspondiente.

En este artículo nos vamos a centrar en los dos más importantes, que son el procedimiento abierto y el procedimiento restringido, aunque también existe el procedimiento negociado y el diálogo competitivo.

Aunque en un principio nos parezca que todo esto es muy lioso, para nada, aquí vamos a ver la diferencia de los dos procedimientos de una forma muy sencilla y clara y enseguida entenderemos la diferencia entre los dos.

La principal diferencia entre los dos procedimientos es que en el primero, es decir, en el procedimiento abierto, cualquier empresa puede presentar una oferta, mientras que el procedimiento restringido, cualquier empresa puede solicitar su participación en la licitación, se hace una selección, y sólo los seleccionados son los que son invitados a presentar una oferta.

En el procedimiento abierto la empresa que quiera participar, y presentar una oferta tiene un plazo mínimo de 52 días a partir de la fecha de publicación del anuncio del contrato, en el caso que se hubiera hecho un anuncio previo, ese plazo se reduce a 36 días, como norma general y a 22 días en casos excepcionales y justificados debidamente. Los plazos que hemos dicho anteriormente también se podrán ver reducidos en 7 días cuando los anuncios se preparen y envían por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

En este tipo de procedimiento abierto, el poder adjudicatario, no puede negociar los términos del contrato con los licitadores, y adjudicará el contrato al empresario que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa en los términos establecidos en el pliego de cláuulas administrativas. En este caso, la apertura de la oferta económica se hará en acto público, salvo cuando se prevea que en la licitación se empleen medios electrónico, el plazo de apertura de proposiciones se realizará en el plazo máximo de un mes desde la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, y la adjudicación recaerá en un plazo de 15 días a contar desde el día siguiente de la apertura de las proposiciones, salvo excepciones puntuales.

En cuanto al procedimiento restringido, en el cual sólo los seleccionados pueden presentar ofertas, el plazo para la participación es de 37 días a partir de la publicación del anuncio del contrato, después el poder adjudicatario selecciona como mínimo 5 candidatos, con el fin de garantizar una competencia efectiva. Estos candidatos disponen después de 40 días de plazo a partir del envío de la invitación para presentar su oferta, que se puede ver acortada a 36 días, en el caso de que se haya publicado un anuncio de información previa, o en casos excepcionales.

Este tipo de procedimiento, la selección del adjudicatario consta de dos fases, una primera donde se seleccionan los candidatos a los que se les invita a licitar y una segunda fase donde tiene lugar la licitación y se selecciona el adjudicatario en base a uno o varios criterios de adjudicación.

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